Después de ganar la prescripción adquisitiva: cómo registrar la sentencia y obtener escritura de propiedad en Colombia -Pertenencia – Guía 2026 (Ibagué, Girardot, Espinal, Melgar, Tolima, Cundinamarca, Colombia) Colombianos en el exterior

Ganar una prescripción adquisitiva de dominio (pertenencia) no es el final del proceso.
Para que el poseedor se convierta en propietario legal, es indispensable registrar la sentencia judicial en la Oficina de Instrumentos Públicos y cumplir ciertos pasos posteriores.

Esta guía 2026 explica de forma clara y jurídica todo lo que viene después del fallo, cómo formalizar la propiedad y cómo obtener la escritura definitiva.


🏛️ 1. ¿Qué pasa cuando el juez declara la prescripción adquisitiva?

La sentencia de pertenencia:

  • Reconoce jurídicamente al poseedor como propietario
  • Ordena inscribir el fallo en la Oficina de Instrumentos Públicos (ORIP)
  • Da por terminado el dominio del titular anterior
  • Autoriza depurar la tradición histórica del inmueble

Pero la propiedad solo se perfecciona con el registro.


🏢 2. ¿Dónde se registra la sentencia?

La sentencia se registra en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP) correspondiente al municipio donde esté ubicado el inmueble:

En tu zona de influencia:

  • Ibagué
  • Girardot
  • Espinal
  • Melgar
  • Otros municipios de Tolima y Cundinamarca

Si el cliente vive en el exterior, el registro lo realiza su apoderado en Colombia.


📑 3. ¿Qué documentos se deben llevar a Instrumentos Públicos?

Generalmente se deben presentar:

✔️ Copia auténtica de la sentencia

Debe contener:

  • Firma del juez
  • Código de verificación
  • Constancia de ejecutoria
  • Orden expresa de inscripción

✔️ Poder (si lo presenta la abogada o apoderado)

✔️ Identificación del beneficiario

Cédula o documento equivalente.

✔️ Formulario de registro y datos básicos del inmueble

La ORIP lo entrega o se diligencia en línea.

✔️ Recibos o constancias necesarias para radicación

La radicación genera un número de turno para seguimiento.


📘 4. ¿La sentencia reemplaza la escritura?

Sí.
La sentencia inscrita se convierte en título de propiedad, tiene la misma fuerza de una escritura pública y abre un nuevo folio de matrícula inmobiliaria o actualiza el existente.


🧹 5. Depuración de la tradición del inmueble

En muchos casos, la pertenencia corrige décadas de:

  • Compraventas no registradas
  • Documentos informales
  • Títulos contradictorios
  • Propietarios fallecidos sin sucesión
  • Errores en linderos
  • Inmuebles con cargas antiguas

Una vez inscrita la sentencia, la ORIP:

  • Cancela títulos antiguos
  • Cierra folios contradictorios
  • Actualiza áreas, linderos o descripciones
  • Ordena depuración de cargas que ya no aplican

🗂️ 6. ¿Qué pasa si el inmueble tenía hipotecas, embargos o medidas?

Después de la sentencia, se pueden solicitar:

  • Cancelación de hipoteca (si no es del poseedor)
  • Cancelación de embargos antiguos
  • Depuración de gravámenes no aplicables
  • Actualización del titular en todas las cargas vigentes

El juez o la ORIP indicarán cómo proceder según el caso.


✍️ 7. ¿Se puede obtener escritura después del registro?

Sí.
Aunque la sentencia ya es el título, muchas personas prefieren tener:

  • Escritura de primera inscripción, o
  • Escritura de aclaración y complementación

Esto se hace en notaría y se registra nuevamente.

No es obligatorio, pero puede ser útil para:

  • Venta futura
  • Hipotecas
  • Herencias organizadas
  • Subdivisiones

🌍 8. ¿Qué pasa si la persona que ganó la pertenencia vive en el exterior?

Los colombianos en:

🇪🇸 España
🇺🇸 Estados Unidos
🇨🇦 Canadá
🇨🇱 Chile

pueden:

  • Registrar la sentencia mediante su apoderada
  • Recibir la matrícula inmobiliaria actualizada por correo electrónico
  • Hacer trámites posteriores sin viajar
  • Tramitar escrituras complementarias mediante poder apostillado

El proceso puede ser 100% remoto.


⏱️ 9. ¿Cuánto tiempo dura el trámite posterior al fallo?

Depende de la ORIP correspondiente:

  • Hay oficinas rápidas (Girardot, Espinal)
  • Otras con más carga (Ibagué, algunas en Cundinamarca)

El tiempo varía, pero el trámite es administrativo y sigue un orden técnico.


🎯 Conclusión

Después de ganar la prescripción adquisitiva:

  1. Se debe registrar la sentencia
  2. La ORIP formaliza el dominio
  3. Se depura la tradición
  4. El poseedor se convierte en propietario legal
  5. Puede obtener escritura si lo desea
  6. Puede vender, hipotecar, heredar o subdividir sin problemas

Ganar la pertenencia no solo reconoce la posesión, sino que finalmente otorga propiedad plena y registrable.


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