Abierto
Es de carácter público, lo que significa que el testador -quien hace el testamento- da a conocer sus disposiciones testamentarias a quienes acuden al trámite.
Para realizar este tipo de testamento el interesado debe: acudir a la notaría que desee, con 3 testigos y dar a conocer el documento en donde manifestó su voluntad a las personas presentes en el trámite (testigos y notario).
El contenido del testamento obligatoriamente debe ser leído en voz alta por el notario. Para finalizar el trámite, el testamento debe ser firmado por el notario, los tres testigos y el testador.
Cerrado
Es de carácter privado, es decir el testador no quiere que se sepan sus disposiciones testamentarias sino hasta el momento del fallecimiento.
Para este trámite se debe acudir a la notaría más cercana a su domicilio con 5 testigos. Allí deberá aportar el documento privado donde expresó su voluntad en un sobre sellado, el testador deberá declarar que en ese documento se encuentran sus disposiciones testamentarias de manera que el notario y los testigos tengan conocimiento de tal circunstancia. El testamento sólo será revelado dentro del trámite de sucesión, es decir, cuando se está repartiendo la herencia de la persona que falleció.
El trámite termina con la firma del testador, el notario y los testigos en el sobre que contiene el testamento.