Sucesión de bienes en unión marital de hecho: derechos del compañero o compañera permanente | Guía 2026 – Colombia

Introducción

En Colombia, millones de parejas conviven en unión marital de hecho, sin casarse, pero formando un hogar permanente.
Cuando uno de los compañeros fallece, surge una pregunta esencial:
¿Tiene derecho a heredar el compañero o compañera permanente?
La respuesta es , pero bajo condiciones claras y con documentos que acrediten la convivencia.

En esta Guía 2026 – Colombia, te explico cómo funciona la sucesión en unión marital de hecho, cuándo el compañero permanente tiene derechos, qué documentos se necesitan y cómo evitar conflictos entre herederos.


⚖️ 1. ¿Qué es la unión marital de hecho?

Es la convivencia estable, permanente y singular entre dos personas que forman un hogar, sin estar casadas.
El Código Civil y la Ley 54 de 1990 (modificada por la Ley 979 de 2005) les reconoce derechos similares a los del matrimonio en materia patrimonial y hereditaria.


💰 2. ¿El compañero permanente hereda?

Sí.
El compañero o compañera permanente tiene el mismo derecho sucesoral que tiene un cónyuge (persona casada).

Esto significa que:
👉 Hereda en igualdad de condiciones que los hijos.
👉 Puede reclamar pertenencia sobre bienes adquiridos durante la convivencia.
👉 Tiene derecho a cuota conyugal, porción conyugal y participación en gananciales.


🧾 3. Requisitos para que el compañero permanente pueda heredar

Para tener derecho a la herencia, se debe demostrar:

✔️ 1. Convivencia mínima de 2 años

(Excepto si hay hijos en común: basta probar la convivencia sin importar el tiempo).

✔️ 2. Existencia real del hogar

Con pruebas como:

  • Registros civiles de hijos
  • Declaraciones extrajuicio
  • Escritura o acta de unión marital de hecho
  • Pólizas de salud o beneficiarios
  • Contratos de arriendo
  • Extractos bancarios conjuntos
  • Testimonios

✔️ 3. Convivencia exclusiva

No puede haber dos uniones maritales simultáneas.


🏛️ 4. ¿La unión debe estar registrada o formalizada?

No.
La unión marital de hecho existe por la convivencia misma.
No necesitas tener una escritura o sentencia para iniciar derechos, pero sí facilitan el trámite.

Puedes acreditar la unión por:
✔️ Escritura pública
✔️ Sentencia judicial
✔️ Declaración extrajuicio
✔️ Pruebas documentales o testimoniales en la sucesión


⚰️ 5. ¿Qué derechos tiene el compañero permanente en la herencia?

✔️ 1. Derecho a participar en la sucesión

Recibe una cuota igual a la de un hijo legítimo.

✔️ 2. Derecho a la porción conyugal

Incluso si no había bienes propios, tiene derecho a una porción mínima.

✔️ 3. Derecho a gananciales

Puede reclamar el 50 % de los bienes adquiridos durante la convivencia.

✔️ 4. Derecho a bienes propios asignados en testamento

Si el fallecido dejó testamento, el compañero permanente no puede ser excluido de su porción legítima.


⚖️ 6. ¿Qué pasa si la familia no reconoce la unión?

Es común que los hijos o familiares nieguen la unión para sacar a la compañera del proceso.

En ese caso, se debe:

👉 Iniciar declaración de unión marital de hecho

Ya sea ante notaría (si hay acuerdo) o ante un juez (si hay oposición).

Una vez reconocida, el compañero permanente entra al proceso sucesoral con todos los derechos.


🌍 7. Sucesiones con compañeros permanentes en el exterior

Si el compañero vive fuera del país (España, Estados Unidos, Canadá, Chile):
✔️ Puede otorgar poder especial apostillado
✔️ Participar en audiencias virtuales
✔️ Reclamar gananciales y cuota hereditaria
✔️ Firmar la partición sin venir a Colombia

Esto es totalmente legal y frecuente.


🧠 8. Casos comunes en Colombia

  1. Parejas que convivieron 10–20 años sin casarse:
    El compañero permanente hereda igual que un cónyuge.
  2. Parejas con hijos:
    La unión se prueba fácilmente con registros civiles y fotografías.
  3. Parejas sin formalización:
    Se requieren declaraciones, testimonios y pruebas documentales.
  4. Convivencia intermitente:
    La jurisprudencia exige permanencia y estabilidad, aunque haya periodos cortos de separación.

🛑 9. Errores comunes que afectan la herencia del compañero permanente

❌ No demostrar la convivencia mínima.
❌ No aportar pruebas suficientes.
❌ No formalizar la unión marital de hecho cuando hay tiempo.
❌ No reclamar gananciales dentro del proceso.
❌ Dejar que la familia del fallecido tome control de los bienes sin trámite.


🕊️ Conclusión

La unión marital de hecho otorga derechos reales y protegidos al compañero o compañera permanente en la sucesión.
Con las pruebas adecuadas y asesoría jurídica profesional, es posible garantizar su participación justa en la herencia y evitar vulneraciones por parte de terceros.


📞 Asesoría profesional – CHS Abogados

En CHS Abogados, defendemos y acompañamos procesos de sucesión y reconocimiento de unión marital de hecho, incluso con herederos en el exterior.
📍 Atendemos casos en Girardot, Ibagué, Espinal, Melgar, Bogotá, Tolima, Cundinamarca, y para colombianos en España, Estados Unidos, Canadá y Chile.
🌐 www.abogadoschs.com
📧 chsabogadosasociados@gmail.com

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