En un mundo cada vez más globalizado, es común que colombianos tengan hijos con personas extranjeras. Ya sea que el nacimiento ocurra dentro o fuera de Colombia, el reconocimiento legal del menor es fundamental para garantizar sus derechos, establecer vínculos jurídicos y permitir trámites como nacionalidad, alimentos, custodia o herencia.
Si estás en esta situación —eres colombiano o colombiana y tu hijo o hija tiene un padre o madre extranjero(a)— aquí te explicamos cómo funciona el reconocimiento de hijos en Colombia cuando uno de los padres no es colombiano.
👶 ¿Qué es el reconocimiento de un hijo?
Es el acto jurídico mediante el cual una persona acepta y declara que un menor es su hijo. Puede ser:
- Voluntario: cuando el padre o madre firma el registro civil o presenta una escritura pública de reconocimiento.
- Judicial (por demanda): cuando se exige el reconocimiento a través de un proceso legal ante un juez.
🌐 ¿Aplica si el hijo nació en otro país?
Sí. La ley colombiana permite registrar y reconocer hijos nacidos en el exterior, siempre que al menos uno de los padres sea colombiano. Incluso si el menor ya tiene otra nacionalidad, puede acceder a la colombiana y a todos los derechos si se hace el proceso correctamente.
✅ ¿Cómo se puede hacer el reconocimiento con un padre o madre extranjero(a)?
Hay dos escenarios principales:
1. Reconocimiento voluntario del padre/madre extranjero(a)
Si la persona extranjera acepta voluntariamente al hijo, puede:
- Firmar el registro civil de nacimiento en Colombia o en el consulado colombiano.
- Hacer una escritura pública de reconocimiento ante notaría o autoridad competente de su país, y luego apostillarla.
- Firmar un poder notarial apostillado para que alguien lo represente en Colombia en el trámite.
💡 Todo documento extranjero debe estar debidamente apostillado y, si no está en español, traducido oficialmente.
2. Reconocimiento por vía judicial (cuando no hay voluntad de reconocer)
Si el padre o madre extranjero se niega a reconocer al hijo o no lo ha hecho, el otro padre (colombiano o extranjera/o) puede:
- Iniciar una demanda de investigación de paternidad o maternidad en Colombia.
- Aportar pruebas como testigos, chats, fotos, y especialmente una prueba de ADN.
- El juez puede ordenar la práctica de pruebas incluso en el exterior, a través de convenios o asistencia judicial internacional.
🌎 ¿Puede hacerse el trámite desde el exterior?
Sí. Tanto el padre colombiano como el extranjero pueden adelantar el proceso:
- En el consulado colombiano más cercano, si se trata de un reconocimiento voluntario.
- Por medio de apoderado judicial en Colombia, si se trata de una demanda.
- Con poderes apostillados, sin necesidad de viajar.
📄 ¿Qué documentos se requieren?
- Registro civil de nacimiento del menor (colombiano o extranjero).
- Copias de cédulas o pasaportes de los padres.
- Documentos que prueben la relación entre los padres.
- Escritura de reconocimiento o sentencia judicial (si aplica).
- Apostilla o legalización de todo documento extranjero.
👪 ¿Qué beneficios trae el reconocimiento?
- El menor adquiere derechos como alimentos, herencia y nacionalidad.
- Se puede fijar custodia, visitas y patria potestad.
- Se facilita el acceso a servicios médicos, educación y viajes internacionales.
- El menor construye su identidad legal y familiar.
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