El concepto de caudal hereditario hace referencia al patrimonio neto que un fallecido deja a sus herederos. Para calcularlo, se suman las acciones, derechos y bienes que posee una persona, y se descuentan las cargas o deudas existentes. Hay que tener en cuenta que no se sabe con certeza a cuánto asciende la suma hasta que se abre el testamento. De todos modos, si no existiera testamento, también se puede calcular la cifra final conociendo el patrimonio del fallecido.
Hay que señalar que este caudal puede ser:
- Positivo, si al hacer el cálculo final los bienes siguen superando a las deudas.
- Negativo, en caso de que solamente haya deudas a asumir para los herederos.
Diferencia entre la masa hereditaria y el caudal hereditario
La masa hereditaria se define como los bienes, derechos y obligaciones de un difunto no desaparecen con la muerte de este. Por lo tanto, a diferencia del caudal hereditario, la masa hereditaria es el patrimonio bruto de la persona. Hay que basarse en la masa para conseguir el patrimonio neto. Se han de restar a la masa las deudas y obligaciones que tuviera una persona en el momento de su fallecimiento.
Tipos de caudal de herencias
El caudal se divide en activo hereditario y pasivo. Para diferenciarlos, necesitas conocer sus características principales.
El activo hereditario se refiere a los bienes y derechos a heredar. Por lo tanto, incluye
- El valor total de los bienes, como viviendas, joyas o vehículos.
- Los derechos que no se extinguen cuando una persona muere, como el de indemnización.
En cambio, el pasivo hereditario se centra en las deudas vigentes en el momento de la muerte de una persona, como puede ser una hipoteca o un préstamo. Hay que aclarar que el pasivo no incluye las obligaciones personalísimas.
Cómo se calcula
Para hacer el cálculo del caudal, el primer paso será listar todos los derechos, bienes, deudas y obligaciones que tenía la persona en el día de su fallecimiento. Una vez que tengamos esta información, tan solo debemos sumar todos los bienes y derechos. A la cifra resultante, se le restará el total de las deudas existentes. El resultado final de la operación corresponderá con exactitud al caudal de una herencia.
Cómo se divide
Si existen varios herederos, ya sea por testamento o por herencia intestada, es necesario dividir el caudal. Es decir, habrá que señalar qué bienes concretos corresponden a cada persona. De esta manera, todos los sucesores acabarán siendo titulares de unos determinados bienes. Por lo tanto, la partición del caudal va más allá del testamento y consigue una adjudicación concreta de las partes de la herencia para cada heredero.
Otros aspectos a tener en cuenta sobre el caudal de una herencia
Hay que dejar claro que los herederos pueden decidir qué hacer con el caudal señalado. Veamos las opciones:
- Aceptación.
- Renuncia, si deben hacer frente a más deudas que beneficios.
- Aceptación a beneficio de inventario. Es para el caso en que las deudas vayan a pagarse con los activos que se ceden en el testamento.
Ten en cuenta que, para aceptar o renunciar a una herencia, hay un plazo de 30 años, según el artículo 1963 del Código Civil. De todos modos, se puede enviar un requerimiento para que el legatario acepte la herencia en 30 días naturales.
Además, merece la pena destacar los pasos que deben darse para tramitar globalmente una herencia:
- Para empezar, se debe solicitar el certificado de defunción.
- A partir de los 15 días del fallecimiento, habrá que pedir el certificado de últimas voluntades.
- Si se conoce dónde se otorgó el último testamento, es necesario pedir su copia auténtica.
- También, después de los 15 días desde la muerte, se puede solicitar el certificado de seguros con coberturas de fallecimiento.
- Cuando se haya conseguido todos estos certificados, se tendrá la oportunidad de aceptar o renunciar a la herencia.
- El siguiente paso es liquidar los impuestos. Estos son el impuesto sobre sucesiones y donaciones y el impuesto sobre el incremento de valor de terrenos urbanos.
- Finalmente, si existían propiedades, se hará el cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad.